CNMV de España aclara si es posible invertir en criptomonedas con fondos regulados

CNMV de España, es posible invertir en criptomonedas con fondos regulados
Tabla de Contenidos

Los reguladores del mercado financiero en España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) han aclarado su posición sobre las inversiones en criptomonedas utilizando fondos del mercado regulado. La agencia por primera vez dio a conocer que existe una ley aplicable para determinar si dichos fondos podrían invertirse directamente en monedas digitales.

En un documento que respondía preguntas relevantes para la comisión con respecto a la inversión en criptomonedas, una de las preguntas era: «¿Puede un fondo registrado por la CNMV invertir directamente en criptomonedas?». Por lo cual la comisión respondió:

«Este tipo de fondos tendría un lugar legal en la Ley 22/2014, que regula, además de las entidades de capital de riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y sus entidades de gestión «.

La Ley 22/2014 establece, entre otras, entidades de inversión colectiva cerrada (EICC), fondos de inversión cerrados (FICC) y compañías de inversión de capital cerrado (SICC). Básicamente, la agencia dice que tales inversiones deberían hacerse usando EICC, FICC o SICC.

Para las EICC, en el artículo 2.1 de la ley pertinente, el estatuto establece que «la política de desinversión de sus participantes o socios» debe cumplir con ciertas necesidades. En primer lugar, las «desinversiones [del fondo] deben ocurrir simultáneamente para todos los inversores o participantes», detalló la Comisión. Además, «lo que recibe cada inversor o participante se basa en los derechos que le corresponden a cada uno de ellos, de acuerdo con los términos establecidos en sus estatutos o reglamentos para cada clase de acciones o participaciones».

 inversiones en criptomonedas

Para FICC y SICC, también hay demandas básicas que deben cumplirse de acuerdo con la CNMV. Una de las condiciones es que un FICC registrado en la Comisión debe ser «administrado por una sociedad de gestión de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado (SGEIC) o por una empresa de gestión de instituciones de inversión colectiva (SGIIC) que está autorizada a administrar este tipo de fondos.»

El comunicado continúa diciendo que «el FICC y el SICC no están sujetos a la supervisión de la CNMV (excepto [para] el SICC autogestionado)» en base a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 22/2014.

La comisión dice que, en teoría, los fondos que se han registrado con ellos se pueden utilizar para inversiones en criptomonedas, sin embargo, esto solo se puede hacer a través de estos canales aprobados por la ley correspondiente. La agencia parece preocupada por la volatilidad de las monedas digitales y los problemas de seguridad que rodean su almacenamiento.

La seguridad de las monedas se elevó en lo que el documento llama garantía de custodia y la cuestión de la liquidez. Los robos de criptomonedas desgraciadamente no son poco comunes, mientras que su precio fluctúa ampliamente, por lo que es difícil mantener el seguimiento del precio actual o hacer proyecciones para el precio futuro.

A principios de mayo se informó que la CNMV probablemente adopte la ley de valores de España para las criptomonedas cuando la UE presente sus propias reglamentaciones. Se citó al director general de Política Estratégica y Asuntos Internacionales de la CNMV, Víctor Rodríguez, quien dijo:

«El enfoque adoptado por la CNMV es tratar de aplicar las regulaciones de valores existentes siempre que no tengamos un estándar de referencia internacional o europeo».

RELATED POSTS

Síguenos en Redes

Cripto Tutoriales

Cripto Reviews

Ads